Programa de Exención de Visas (Visa Waiver Program)

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Información General

El Programa de Exención de Visas (Visa Waiver Program - VWP) permite a los ciudadanos de algunos países viajar a los Estados Unidos por turismo o negocios (objetivo de las visas de visitante) para estadías de 90 días o menos sin necesidad de obtener una visa. No todos los países participan en el VWP, y no todos los viajeros de países cubiertos por el VWP son elegibles para acogerse al programa. Los viajeros del VWP deben solicitar la autorización a través del Sistema Electrónico para Autorización de Viaje (ESTA), son examinados en el puerto de entrada en los Estados Unidos y son inscritos en el OBIM Program del Departamento de Seguridad Nacional.

Países Miembros
Alemania
Andorra
Australia
Austria
Bélgica
Brunei
Chile
Dinamarca
Eslovaquia
Eslovenia
España
Estonia
Finlandia
Francia
Grecia
Hungría
Islandia
Irlanda
Italia
Japón
Letonia
Liechtenstein
Lituania
Luxemburgo
Malta
Mónaco
Noruega
Nueva Zelanda
Países Bajos
Portugal
San Marino
Singapur
Suecia
Suiza
Reino Unido
República Checa
República de Corea

Los ciudadanos de los países miembros pueden viajar sin visa en un viaje de 90 días o menos por turismo o negocios siempre que cumplan los siguientes requisitos:

  • Tener un pasaporte con un chip integrado (e-passport)
  • Registrarse en línea en el Sistema Electrónico para Autorización de Viaje (ESTA).
  • Cumplir las condiciones estándar del VWP mencionadas a continuación

Revise el sitio web para más información sobre viajes VWP y viajes para ciudadanos de Canadá, México y Bermudas.

*Con respecto a todas las referencias de “país” o “países” en esta página, debe tenerse en cuenta que la Ley de Relaciones con Taiwán de 1979, Pub. L. No. 96-8, Sección 4(b)(1), establece que “cuando las leyes de Estados Unidos se refieran o se relacionen con países extranjeros, naciones, estados, gobiernos, o similares entidades, dichos términos deberán incluir y dichas leyes deberán regirse con respecto a Taiwán.” 22 U.S.C. § 3303(b)(1). En consecuencia, todas las referencias de “país” o “países” en el Programa de Exención de Visa que autoriza la legislación, Sección 217 del Acta 8 U.S.C. 1187 de Inmigración y Nacionalidad, se leen para incluir a Taiwán. Esto es consistente con la única política China de Estados Unidos, según la cual los Estados Unidos ha mantenido relaciones no oficiales con Taiwán desde 1979.

Requisitos

Para ingresar a los Estados Unidos bajo el Programa de Exención de visa, los viajeros deben:

  • Ser ciudadanos de uno de los países enumerados previamente y estar en posesión de un pasaporte que cumpla los requisitos del VWP.
  • Tener la autorización ESTA
  • Permanecer en los Estados Unidos por 90 días o menos
  • Viajar por:
  1. Negocios – El propósito de su viaje planificado es para consultar un socio de negocios, viajar para una convención de negocios, científica, educacional, profesional, o una conferencia en una fecha específica, resolver un patrimonio, o negociar un contrato.
  2. Placer/Turismo – El propósito de su viaje planificado es de carácter recreativo, incluyendo turismo, vacación (día festivo), visitar a un amigo o familiar, tratamiento médico, actividades de una fraternidad, social o de servicios, y participación de aficionados, en un musical, deportes y eventos o concursos similares, si no van a recibir remuneración por participar; e inscripción en un curso de estudio recreativo corto, no como crédito para un título (por ejemplo, una clase de cocina de dos días durante las vacaciones).
  3. Transito – Si usted va a viajar a través de los Estados Unidos.

Y si ingresa a los Estados Unidos por aire o mar, debe:

  • Tener un boleto de regreso o de continuación hacia otro país. Si viaja con un ticket electrónico, debe tener una copia del itinerario para presentarlo al inspector de inmigración. Los viajeros que tienen tickets de continuación hacia México, Canadá, Bermudas o las Islas del Caribe deben ser residentes legales de esas áreas.
  • Ingresar a los Estados Unidos a bordo de un transporte de carga aérea o marítima que ha accedido a participar en el programa. Esto incluye aviones de una corporación de los Estados Unidos que tiene un acuerdo con el Departamento de Seguridad Nacional de llevar pasajeros bajo el Programa de Exención de Visas.

Si ingresa a los Estados Unidos por tierra desde Canadá o México, los requisitos de documentación son los mismos, excepto que no se necesita un boleto de regreso o compañías de carga firmantes. Deberá demostrar al oficial de inspección que usted tiene los fondos necesarios para mantenerse durante su estancia y para salir de los Estados Unidos

Sistema Electrónico de Autorización de Viaje (ESTA)

Los ciudadanos de países cubiertos por el VWP que planean viajar a los Estados Unidos por negocio temporal o placer necesitan una autorización Sistema Electrónico para Autorización de Viaje (ESTA) aprobada antes de abordar un transporte de carga aéreo o marítimo hacia los Estados Unidos bajo el VWP.

Requisitos del Pasaporte

Desde el 1 de Abril, 2016, todos aquellos que están en capacidad de viajar a los Estados Unidos bajo el programa de exención de visas deben poseer un pasaporte electrónico valido. Esta regla se cumple incluso a aquellos que poseen una Autorización del Sistema Electrónico para Viajes (ESTA por sus siglas en inglés) valida. Los pasaportes electrónicos poseen este símbolo en su cubierta:

 

Adicionalmente, los nacionales de países del VWP que han viajado a, o han estado presentes en, Irak, Irán, Siria, Sudán, Libia, Somalia, y / o Yemen en o luego del 1 de marzo, 2011 ya no son elegibles para viajar o ser admitido en Estados Unidos bajo el VWP. Doble nacionales de países del VWP y Irak, Irán, Siria y Sudán son también ya no elegibles para viajar o ser admitido en los Estados Unidos bajo el VWP.

Esta restricción no se cumple cuando los viajeros bajo el VWP cuya presencia cualquiera de esos países fue a cumplir el servicio militar en las fuerzas armadas de un país VWP, o con el fin de llevar a cabo funciones oficiales como un empleado de tiempo completo del gobierno de un país VWP.

El Secretario de Seguridad Nacional podrá eximir de esta restricción VWP si se determina que dicha renuncia se encuentra dentro de la ley o de los intereses de seguridad nacional de los Estados Unidos. Tales exenciones se concederán sólo en una base de caso por caso. En términos generales, las categorías de viajeros que pueden ser elegibles para una exención incluyen:

  • Las personas que han viajado a Irak, Irán, Siria, Sudán, Libia, Somalia, y / o el Yemen en nombre de organizaciones internacionales, organizaciones regionales, o los gobiernos sub-nacionales en misión oficial;
  • Las personas que han viajado a Irak, Irán, Siria, Sudán, Libia, Somalia, y / o Yemen, en nombre de una organización humanitaria no gubernamental (ONG); y
  • Las personas que han viajado a Irak, Irán, Siria, Sudán, Libia, Somalia, y / o Yemen como periodista para efectos de reportar los hechos.
  • Las personas que viajaron a Irán para fines legítimos relacionados a negocios siguientes a la conclusión del Plan Conjunto de Acción General (14 de julio de 2015); y
  • Las personas que han viajado a Irak para fines legítimos relacionados a negocios.

Un formulario de solicitud ESTA actualizado está disponible. El nuevo formulario contiene preguntas adicionales para hacer frente a los nuevos requisitos de viaje previstas en la Ley. Animamos a los viajeros que buscan un ESTA utilizar el sistema mejorado, lo que ayudará a hacer determinaciones individuales sobre la posible concesión de una exención. No hay una solicitud por separado para una renuncia.

Las personas titulares de un ESTA actualmente deben comprobar su estado ESTA antes de viajar en el sitio web de la CBP, https://esta.cbp.dhs.gov/esta/.

Validez del Pasaporte: Las personas que visitan los Estados Unidos deben tener pasaportes válidos por lo menos seis meses más que el períodoperíodo de su estancia prevista en los Estados Unidos. Los ciudadanos de países enumerados en el Six Month Club Update están exentos de la regla de los seis meses y solo necesitan tener un pasaporte válido por el períodoperíodo de su estadía. Si usted está viajando sin visa bajo el Programa de Exención de Visa, su pasaporte debe estar válido por lo menos 90 días. Si su pasaporte no está valido por 90 días, usted será admitido en los Estados Unidos solo hasta la fecha en que su pasaporte expira.

Si usted es un viajero de un país VWP y su pasaporte no cumple estos requisitos, es posible que quiera considerar obtener de la autoridad que emite pasaportes en su país de nacionalidad un nuevo pasaporte – que cumpla con los requisitos del VWP. De no ser así, usted no podrá viajar bajo el VWP y deberá obtener una visa en su pasaporte válido para poder ingresar a los Estados Unidos.

Ineligibilidad

Algunos viajeros pueden no ser elegibles para ingresar a los Estados Unidos sin una visa bajo el VWP. Estos incluyen personas que han sido arrestadas, aún si el arresto no terminó en condena penal, aquellos con antecedentes criminales (aún si es sujeto de perdón, amnistía u otro acto de clemencia), con ciertas enfermedades contagiosas graves, a quienes se les ha negado admisión o han sido deportado de los Estados Unidos, o sobrepasó el tiempo límite del programa de exención de visa. Estos viajeros deben solicitar una visa. Si ellos tratan de viajar sin una visa, puede serles negada la entrada a los Estados Unidos.

Bajo el Mejoramiento del Programa de Exención de Visa y el Acto de Prevención de Viaje de Terrorismo de 2015, aquellos que hayan viajado hacia o estado presentes en Irán, Irak, Sudán, Siria o Yemen, durante o después del 1 de marzo de 2011 (con excepciones limitadas para propósitos diplomáticos y militares en servicio, de un país del Programa de Exención de Visas "VWP, por sus siglas en inglés") viajeros que también sean nacionales de Irán, Irak, Sudán o Siria, no son elegibles de ahora en adelante para viajar en el programa VWP. Para más detalles sobre los cambios del Mejoramiento del Programa de Exención de Visa y el Acto de Prevención de Viaje de Terrorismo de 2015 (el Acto), por favor visite la página http://www.cbp.gov/travel/international-visitors/visa-waiver-program

Los viajeros que tengan ofensas menores de tráfico que no resultaron en arresto y/o condena penal por la ofensa pueden viajar sin visa, siempre que estén calificados. Si la ofensa de tráfico ocurrió mientras usted estuvo en los Estados Unidos y tiene una multa pendiente o no asistió a la audiencia en la corte, es posible que haya una orden de arresto en su contra y que va a tener problemas cuando solicite la admisión en los Estados Unidos. Por lo tanto, usted debería resolver el problema antes de viajar, contactando la corte donde debió presentarse. Si no sabe la dirección de la corte, puede encontrar información en el Internet en: www.refdesk.com.

Viaje sin visa no incluye a aquellas personas que planean estudiar, trabajar o permanecer en los Estados Unidos por más de 90 días o piensan que pueden desear cambiar su estado (de turismo a estudiante, etc.) una vez que esté en los Estados Unidos. Esos viajeros necesitan visas. Si un oficial de inmigración cree que un viajero sin visa va a estudiar, trabajar o permanecer más de 90 días, el oficial se negará a admitir al viajero.

Solicitantes de Canadá o México

Canadá, México y Bermuda no participan en el Programa de Exención de Visas.. La Ley de Inmigración y Nacionalidad abarca otras provisiones para viajar sin visa bajo cierto requisitos para los ciudadanos de Canadá y Bermuda. Véase Ciudadanos de Canadá o Bermuda. Tomando en cuenta que estos países no participan en el Programa de Exención de Visas, los requisitos para un pasaporte legible por máquina o pasaporte biométrico no incluye a Canadá, Bermuda o México. Además, tenga en cuenta que algunos ciudadanos canadienses o bermudeños tienen que viajar a los Estados Unidos con visas de no-inmigrante.

Negación de ESTA

Los viajeros a quienes se les ha negado una solicitud de ESTA no pueden viajar bajo el VWP. Por favor solicite una visa antes de su viaje.

Revise la importante advertencia de DHS sobre sitios web no autorizados relacionados con la solicitud del ESTA.