Visa de Empleado Doméstico

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Información General

El personal de servicio de carácter personal o doméstico que acompaña o sigue a un empleador a los Estados Unidos puede ser elegible para visa B-1. Esta categoría de empleados domésticos incluye, pero no está limitada, a cocineros, mayordomos, choferes, ayudantes de cámara, criados, niñeras, au pairs, ayudantes de madres, jardineros y acompañantes pagados.

Quienes acompañan o siguen a un empleador que es un diplomático extranjero u oficial de gobierno puede sere elegible para una visa A-3 o G-5, dependiendo del estatus de visa del empleador.

Requisitos

Si usted es un empleado doméstico y desea solicitar una visa B-1, usted debe demostrar que:

  • El propósito de su viaje es entrar a los Estados Unidos para trabajar como empleado doméstico
  • Usted planea permanecer en los Estados Unidos por un período de tiempo específico y limitado
  • Su empleador cumple ciertos requisitos
  • Usted tiene evidencia de lazos sociales y económicos convincentes en el extranjero
  • Usted tiene residencia fuera de los Estados Unidos así como otros lazos que aseguran su retorno al país de origen al final de su contrato.

Acompañando al Titular de una Visa de No Inmigrante

Si usted es un empleado doméstico y desea acompañar o seguir a su empleador quien no es un ciudadano estadounidense o residente permanente legal, y que busca admisión en o está ya en los Estados Unidos bajo una B, E, F, H, I, J, L, M, O, P, Q, o R de no-inmigrante, usted puede ser elegible para una visa de clasificación B-1, siempre que:

  • Usted tenga al menos un año de experiencia como personal o empleado doméstico como lo demuestran los certificados de empleadores anteriores
  • Ha estado empleado fuera de los Estados Unidos por su empleador por al menos un año antes de la fecha de la admisión de su empleador en los Estados Unidos o
  • La relación empleador-empleado existió inmediatamente antes de la fecha de solicitud de su empleador, y su empleador puede demostrar que el/ella empleó de manera regular (ya sea año completo o de forma estacional) ayuda doméstica por un período de años previos al momento de su solicitud
  • Usted no tendrá otro trabajo y recibirá alojamiento y comida gratuitos, y el pasaje aéreo de ida y vuelta de parte de su empleador, como está indicado bajo los términos del contrato de empleo

Acompañando a un Ciudadano Estadounidense

a. Empleados personales o domésticos que acompañen o en camino para unirse a sus empleadores ciudadanos estadounidenses asignados temporalmente a los Estados Unidos pueden ser elegibles para una clasificación de visa B-1 siempre que:

(1) El empleado tenga una residencia en el extranjero que él o ella no tiene intención de abandonar;
(2) El extranjero ha sido empleado en el extranjero por el empleador como sirviente personal o doméstico durante al menos seis meses antes de la fecha de ingreso del empleador a los Estados Unidos O el empleador puede demostrar que en el extranjero el empleador ha empleado regularmente un sirviente domestico en la misma capacidad que la destinada al solicitante;
(3) El empleado puede demostrar por lo menos un año de experiencia como sirviente personal o doméstico mediante la presentación de las declaraciones de los empleadores anteriores que acrediten dicha experiencia; y
(4) El empleado está en posesión de un contrato original o una copia del contrato, que se presentará en el puerto de entrada, que contiene las firmas originales de ambos el empleador y el empleado.

b. El empleador ciudadano de los EE.UU. es sujeto de frecuentes transferencias internacionales que duran dos años o más, como condición del trabajo según lo confirmado por la oficina de personal del empleador y está regresando a los Estados Unidos para una estancia de no más de seis años. El empleador será el único proveedor de empleo a la empleada doméstica, y proporcionará al empleado habitación y un billete de avión de ida y vuelta, como se indica en los términos del contrato de trabajo; y

c. El contrato de trabajo requerido ha sido firmado y fechado por el empleador y el empleado y contiene una garantía por parte del empleador de que, además de las disposiciones enumeradas en el punto (b) anterior, el empleado recibirá el salario prevaleciente mínimo o lo que sea mayor para un trabajador de ocho horas diarias. El contrato de trabajo debe reflejar también cualquier otro beneficio que normalmente se requieren para los trabajadores domésticos de EE.UU. en el ámbito del empleo. El empleador le dará un preaviso de su intención de dar por terminado el empleo, y el empleado no necesita dar más de dos semanas de aviso de la intención de dejar el empleo.

Acompañando a un Residente Legal Permanente de los Estados Unidos

Los Residentes Legales Permanentes de los Estados Unidos (titulares de tarjetas verdes o Green cards) no tienen permiso bajo ninguna circunstancia de llevar a sus empleados domésticos a los Estados Unidos con visas B-1.

Requisitos de Contrato para Titulares de Visa B-1

Como empleado doméstico solicitando una visa B-1, usted debe presentar un contrato de empleo, firmado por usted y su empleador, que incluya:

  • Una descripción de sus tareas en los Estados Unidos
  • El número de horas que va a trabajar cada semana
  • El número de días festivos autorizados, vacaciones y días de permiso de enfermedad por año
  • El/los día(s) de descanso regulares de cada semana
  • La remuneración, la cual debe ser por lo menos el salario generalizado o el salario mínimo por hora bajo la ley federal (el que sea más alto) donde usted va a estar empleado por todas las horas de servicio. Puede encontrar los salarios mínimos actuales en todo Estados Unidos aquí y los salarios generales actuales aquí .
  • Una certificación de que usted va a recibir alojamiento y comida gratuitos
  • Una certificación de que su empleador va a asegurarse de que usted no se convierta en carga pública mientras esté trabajando para su empleador
  • Una certificación de que usted no va a aceptar ningún otro trabajo mientras esté trabajando con su empleador
  • Una certificación de que su empleador no se quedará con su pasaporte
  • Una certificación de que ambas partes entienden que a usted no se le puede exigir que permanezca en el lugar de trabajo después de terminar su jornada laboral sin recibir una compensación.
  • Una certificación de que su empleador le pagará los gastos iniciales de viaje a los Estados Unidos y después al siguiente lugar de trabajo asignado a su empleador o a su país de residencia habitual al término del contrato.

Acompañando al Titular de una Visa A-1, A-2, o G-1 - G-4 (Visas A-3 o G-5)

Si usted es el asistente, sirviente o empleado personal de alguien clasificado como A-1 o A-2 o G-1 a G-4 usted tiene derecho a la clasificación A-3 o G-5 apropiada. Usted debe demostrar que tiene derecho a una clasificación A-3 o G-5 (por ejemplo una carta de referencia de su empleador anterior, evidencia de empleo previo en ese sector, etc.) Los oficiales consulares deben establecer el estatus oficial del empleador y la intención de ambas partes de entrar o permanecer en una relación empleador-empleado. Adicionalmente, los asistentes domésticos de diplomáticos (A-3) y empleados de organizaciones internacionales (G) deben primero ser registrados en el Sistema de Información de la Oficina de Administración de Misiones Extranjeras del Departamento de Estado (TOMIS por sus siglas en inglés) antes de solicitar una visa. Para detalles de registro en TOMIS comuníquese con la Oficina de Misiones Extranjeras del Departamento de Estado.

Los solicitantes de visas A-3 y G-5 deben ser entrevistados por el oficial consular. Deben seguir los procedimientos de solicitud con una excepción: los solicitantes de visa A-3 y G-5 no pagan la tarifa de solicitud de visa.

El oficial consular debe estar convencido de que el salario que va a recibir el solicitante de A-3 o G-5 es un salario justo, comparable con el ofrecido en esa área de empleo y suficiente para descartar inquietudes de que se convierta en carga pública. Las solicitudes para dichas visas deben incluir un contrato de trabajo firmado por el empleador y el empleado

Requisitos de Contrato para Titulares de Visas A-3/G-5

Como empleado doméstico solicitando una visa A-3 o G-5, usted debe presentar un contrato de trabajo firmado por usted y su empleador, que incluya:

  • Una garantía de que usted recibirá una remuneración igual al salario mínimo estatal o federal o salario que prevalezca al momento, el que sea mayor. Puede encontrar los salarios mínimos actuales en todo Estados Unidos aquí y los salarios generales actuales aquí .
  • Una declaración de que después de los primeros 90 días de trabajo, todos los pagos salariales deben hacerse mediante cheques o transferencia electrónica a su cuenta bancaria. Ni el empleador ni los miembros de su familia deben tener acceso a sus cuentas bancarias.
  • Cuando el empleador es un diplomático extranjero, los asistentes domésticos que viven en el lugar de trabajo, bajo una práctica generalizada, reciben alojamiento y comida gratuitos adicional a su salario.
  • Una promesa de usted de no aceptar ningún otro empleo mientras esté trabajando para su empleador.
  • Una promesa de su empleador de que no va a quedarse con el pasaporte de usted, y una declaración indicando que ambas partes entienden que a usted no se le puede exigir que permanezca en el lugar de trabajo después de terminar su jornada laboral sin recibir una compensación
  • El contrato es esencial para el proceso en cuanto a que le proporciona a usted el marco en el que usted puede buscar cierta protección del empleo o de derechos humanos. Su empleador debe pagar los gastos iniciales de viaje a los Estados Unidos y después al siguiente lugar de trabajo asignado a su empleador o a su país de residencia habitual al término del contrato.

Elementos de Solicitud

Para solicitar una visa B-1, A-3 o G-5, usted debe presentar lo siguiente:

  • Una hoja de confirmación de la Solicitud Electrónica de Visa de No Inmigrante, Formulario (DS-160). Visite la página web del DS-160 para más información sobre el Formulario DS-160.
  • Un pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos con una validez de al menos seis meses más que el tiempo que va a permanecer en los Estados Unidos (a menos que acuerdos específicos con cada país establezcan excepciones. Si más de una persona está incluida en su pasaporte, cada persona que desee una visa debe entregar una solicitud.
  • Una fotografía de 5cm x 5xm (2” x 2”) tomada en los últimos seis meses. Esta página web tiene información sobre el formato de fotografía requerido
  • Solo para solicitantes de visa B-1: Un recibo que muestre el pago no reembolsable de US$160 correspondiente a la tarifa/cuota/arancel de procesamiento de la solicitud de visa de no-inmigrante.